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Asegurarse en la vejez con la pensión familiar, una excelente alternativa!

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Unir ahorros en algún instante de su vida laboral, con los de su pareja, es posible. Vea de qué manera. En Colombia, 6 de cada diez afiliados al sistema pensional no logra jubilarse. PENSIONES AHORRO PAREJA PENSIÓN Contar con recursos para sostenerse en la vejez, cuando acaba la vida laboral, es clave para el bienestar de los adultos mayores, y es uno de los grandes problemas que tiene Colombia en donde 6 de cada diez afiliados al sistema pensional no consigue jubilarse. Una alternativa es juntar los sacrificios entre los cónyuges o bien compañeros permanentes y es lo que tiene por nombre pensión familiar. He aquí un Alfabeto. Cuando ninguno de los dos cumple con los requisitos establecidos para obtener la pensión de vetustez y no tienen la posibilidad de proseguir realizando aportes a pensión. ¿Cuáles son los requisitos? – Los 2 cónyuges deben estar afiliados al sistema. – Pertenecer al Sisbén I o II (si la solicitud se hace en Colpensiones). – Cada integrante de la pareja debe acreditar que a los cuarenta y cinco años ya había cotizado como mínimo un 25 por ciento de las semanas requeridas (si es con Colpensiones). – Al sumar los resultados de la pareja el resultado debe ser el mínimo de semanas demandadas para obtener la pensión de vejez (1.300 en Colpensiones). – Tener la edad requerida: 57 años la mujer, 62 años el hombre. – Los cónyuges deben acreditar cinco años de convivencia mínima. ¿Cómo se obtiene el servicio de salud en una pensión familiar? La vinculación se hará a nombre del integrante de la pareja que haya cotizado un mayor número de semanas. El otro miembro será el adjudicatario. ¿Se puede acceder a la pensión familiar si uno es afiliado a Colpensiones y otro a un fondo privado? En tal caso, uno de los dos deberá trasladarse de régimen de manera voluntaria. ¿Qué ocurre con la pensión familiar en caso de un divorcio? Si ocurre un divorcio tras el reconocimiento de la pensión familiar, la figura como tal se extingue y cada miembro de la sociedad conyugal va a tener derecho a percibir separadamente el cincuenta por ciento del monto de la pensión familiar. ¿Y si uno de los dos muere? En esta circunstancia el cincuenta por ciento que recibía el fallecido pasará al otro miembro de la pareja, a menos que existan menores de edad o bien entre 18 y veinticinco años que estén estudiando, o hijos en estado de invalidez. ¿En qué momento termina el reconocimiento de la pensión familiar? Cuando ambos miembros de la pareja mueren y no existen adjudicatarios que acrediten el derecho a la pensión de sobreviviente. ¿Cuáles son los papeles para hacer el trámite? – Formato de petición de pensión familiar. – Copia del registro civil de matrimonio o declaración de unión matrimonial en verdad ante apreciaría pública, con expedición no mayor a 3 meses. – Declaración de No pensión ni beneficios económicos del Estado. – Formato de imposibilidad para continuar cotizando para trámite de pensión familiar. – Documento nacional de identidad. Antioquia es el segundo Departamento que se verá básicamente beneficiado por esta iniciativa.

Reforma pensional, ¿al fin sí o no?

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Esta semana revivió el discute sobre la reforma de las pensiones, por cuenta de las discrepancias de los ministros de Hacienda y de Trabajo sobre los tiempos del proyecto. Qué implica el aplazamiento del tema. Desde la campaña electoral, el presidente Iván Duque se comprometió a presentar la reforma pensional que requiere el país para solventar los inconvenientes de cobertura, desigualdad y exceso de gasto fiscal. A pesar de su relevancia, múltiples gobiernos la han aplazado, ciertos por carencia de convicción y otros pues no han tenido el capital político para aprobarla. De ahí que, tras conseguir la discutida Ley de Financiamiento, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, había dejado en claro que la próxima gran reforma económica sería la pensional. Esto tenía apacibles a los analistas económicos y a las calificadoras de peligro. Mas la ministra de Trabajo, Alicia Arango, confirmó que esta regla quedó aplazada para dos mil veinte en un episodio en que no quedó claro si se trataba de simple descoordinación o bien de creencias encontradas. Puede leer: ¿Por fin sí va a haber reforma pensional en Colombia? Para los técnicos como el ministro de Hacienda, la reforma pensional no da espera: el país debe continuar reduciendo la deuda tácita, que el día de hoy alcanza el ciento diez por ciento del producto interno bruto; acrecentar la cobertura, que apenas alcanza el treinta por ciento y producir equidad en la entrega de subsidios, que el día de hoy acaban en los bolsillos de los pensionados de elevados ingresos. De ahí que Carrasquilla insiste en gestionarla este año. La ministra de Trabajo coincide en la relevancia del tema mas desea presentar la reforma en el primer trimestre de dos mil veinte para avanzar este año en su socialización, instalar mesas técnicas con especialistas y escribir un proyecto que cuente con grandes pactos. Si bien ese es el escenario perfecto, tal vez no sea el ideal. El directivo de Fedesarrollo, Luis Fernando Mejía, piensa que el país no puede aguardar y cuanto más veloz mejor pues los inconvenientes del sistema “son graves y es preciso solventarlos en el corto plazo”.El directivo de peligros soberanos de la calificadora Fitch Ratings, Richard Francis, piensa que Colombia no perdería su actual calificación crediticia si retrasa la reforma para dos mil veinte, puesto que en su entender es una situación alarmante mas un aplazamiento no hace mucha diferencia. Mas el reloj de la política empezaría a jugar contra el capital con que cuenta el gobierno para aprobarla. Aparte del tiempo de presentación, hay polémica por los temas que debe incluir. La ministra Arango tiene claro que el gobierno debe primero cumplir la promesa de campaña del presidente de no alterar la edad de jubilación, el día de hoy de cincuenta y siete años para mujeres y sesenta y dos años para hombres. Mas este tema controvertido puede dejar sin dientes a la reforma. Del mismo modo, la nueva regla debe repartir mejor los subsidios a fin de que lleguen a quienes más los precisan, y articular el sistema con los programas Colombia Mayor y Beneficios Económicos Periódicos (BEPS). La ministra advierte que el cuarenta y cuatro por ciento de los trabajadores reciben el día de hoy menos del sueldo mínimo mensual, lo que por el momento los excluye del sistema pensional. Y de aquellos que reciben desde un sueldo mínimo y pueden cotizar para la pensión, apenas el veinticinco por ciento consiguen este beneficio. Le recomendamos: La historia del exjuez y los abogados que habrían defraudado a Colpensiones Eso sí, todos están conformes en asegurar el pago futuro de su mesada a quienes lleguen a la edad de jubilación, que los subsidios se asignen apropiadamente y que aumente la cobertura. Mauricio Olivera, expresidente de Colpensiones y exviceministro de Pensiones, piensa que la mayor parte del gasto público en este ramo se marcha a los regímenes singulares y que “la tal bomba pensional” no existe. Mas coincide en la necesidad de una reforma y apoya ideas como la de Fedesarrollo de crear un sistema complementario que, en contraste al actual, fuerce a todos y cada uno de los colombianos a cotizar sobre un sueldo mínimo en el primer pilar, administrado por Colpensiones, mientras que quienes tienen sueldos superiores puedan ahorrar en una cuenta individual como las de los fondos privados. De esta forma habría más equidad. La discusión sobre la reforma pensional empezó con discrepancias dentro del gobierno. Mas en contraste a lo que se aguardaba, ya no solo su contenido está en discusión, asimismo el instante más oportuno. ¿Quién va a ganar este pulso?

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